Artículo 173 del Reglamente Escolar

De cada alumno que participe de la experiencia directa fuera del establecimiento deberá tenerse archivada en la Dirección de la escuela la autorización para esa salida, firmada por el responsable, quien así se notificará de que la autoridad de la escuela adoptará las medidas necesarias para el cuidado y la protección de los niños, eximiéndose de cualquier acción por parte de aquellos en caso de accidente no imputable al personal.
 

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